Aportaciones extraordinarias en Infonavit

¿Qué son las aportaciones extraordinarias?

Son aportaciones de dinero extra que tu realizas en tu Subcuenta de aportaciones voluntarias. 

¿Para qué sirve?

Para que un futuro el saldo de tu Subcuenta de aportaciones voluntarias pueda ser usado para obtener un mayor crédito.

¿A dónde va el dinero que aporto voluntariamente?

El dinero que depositas se va a una cuenta especial llamada “Subcuenta de aportaciones voluntarias”, y estas aportaciones pueden ser transferidas a tu Subcuenta de vivienda, pero solo con tu consentimiento, para que de esta forma puedas obtener un mayor crédito.

¿La Subcuenta de aportaciones voluntarias y la Subcuenta de vivienda son lo mismo?

No, ambas son dos cuentas totalmente diferentes, la Subcuenta de vivienda se compone de las aportaciones que hace tu patrón por obligación y la Subcuenta de aportaciones voluntarias se compone de las aportaciones que haces tú voluntariamente.

¿Cuándo debo de hacer las aportaciones?

Las aportaciones las puedes hacer siempre que quieras, recuerda que el dinero de tu Subcuenta de aportaciones voluntarias puede ser trasladado a tu Subcuenta de vivienda para la obtención de un mayor crédito.

¿Cómo hacer mis aportaciones?

Puedes realizar tus aportaciones voluntarias de dos formas, ya sea acudiendo a las entidades receptoras del Infonavit, o por medio de tu patrón.

¿Cuánto puedo aportar?

No existe ni un mínimo ni un máximo, puedes aportar dependiendo a tus objetivos y necesidades.

El fundamento para realizar tus aportaciones voluntarias lo encontramos en el Artículo 59 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, que dice:

Realizar tus aportaciones voluntarias es una excelente opción si pretendes obtener un mayor crédito por parte de Infonavit, recuerda que puedes aportar dependiendo de tus posibilidades, sin duda es una buena opción.

“Artículo 59.- Los trabajadores tendrán en todo tiempo el derecho a realizar aportaciones voluntarias a su cuenta individual, ya sea por conducto de su patrón, al efectuarse el entero de las aportaciones o por sí mismos. En estos casos las aportaciones se depositarán a la subcuenta de aportaciones voluntarias.

 Previo consentimiento del trabajador, el importe de las aportaciones voluntarias a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser transferido a la subcuenta de vivienda, a fin de que sea aplicado para el otorgamiento de un crédito a su favor, en los términos de la presente Ley.

 Por otra parte, los trabajadores, por sí mismos o por conducto de sus patrones, podrán realizar depósitos extraordinarios destinados específicamente a los programas de vivienda que apruebe el Consejo de Administración.” (Unión, 2021)

Bibliografía

Unión, C. d. (2021). Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. México: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

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