Una de nuestras principales obligaciones patronales es el registro de nuestros empleados ante Infonavit, aparte de ser un derecho esencial por parte del trabajador, es nuestra obligación como patrón llevar al corriente todos los trámites necesarios y obligados para que nuestros empleados puedan obtener su crédito con Infonavit.
¿Cuáles obligaciones tengo con Infonavit?
Como primer lugar y más importante es proporcionar a Infonavit la información necesaria sobre tus trabajadores para que Infonavit pueda realizar los cálculos necesarios para los montos que va a otorgar, así como las aportaciones que tus empleados harán y los descuentos que tus harás a tus trabajadores y que se van a realizar sobre los créditos que Infonavit va a otorgar. De igual forma que le permitas a Infonavit ejecutar las visitas e inspecciones a tu empresa.
Presentes tu Dictamen Infonavit, al igual que presentes cada año un Informe a Infonavit tu situación como contribuyente, esto referente a tus aportaciones que haces como patrón.
Puedes llevar el control de tus empleados y conocer diversos temas más relacionado con ser patrón en el portal de Infonavit para patrones llamado portal empresarial, el cual puedes acceder mediante el siguiente link https://empresarios.infonavit.org.mx para registrarte solo deberás de contar con Número de Registro Patronal (NRP), Firma electrónica (e. Firma) de la empresa, correo electrónico y Número de teléfono.
Una vez que tus empleados realicen el contrato con algún crédito con Infonavit tendrás por obligación retenerle de su salario la cantidad mensual para el pago del crédito. Dicho descuento se debe de realizar con base en el Aviso de Retención de Descuentos o a la Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y/o Amortizaciones. Para poder descargar cualquiera de estos documentos puedes hacerlos desde mi Portal Empresarial de Infonavit en la sección de trámites, en consulta de trabajadores. Dentro de estos documentos viene especificado el monto a descontar.
¿Qué pasa si no hago el descuento a mis empleados?
En primera puede afectar el crédito de tu empleado con Infonavit y tú tendrás que reportarlo y en su defecto solucionarlo, en segunda, ante la ley eres el responsable de tus empleados, entonces deberás de pagar mediante un crédito fiscal todo lo que se genere bajo esta responsabilidad.
¿Cuándo debo de hacer los pagos?
Con Infonavit, los pagos se deben de realizar de forma bimestral. En los periodos de pagos correspondientes.
Periodo de pago Fecha límite de pago
1° bimestre de 2021 (enero – febrero) 17 de marzo de 2021
2° bimestre de 2021 (marzo – abril) 17 de mayo de 2021
3° bimestre de 2021 (mayo – junio) 19 de julio de 2021
4° bimestre de 2021 (julio – agosto) 20 de septiembre de 2021
5° bimestre de 2021 (septiembre – octubre) 17 de noviembre de 2021
6° bimestre de 2021 (noviembre – diciembre) 17 de enero de 2022
Como patrón tendrás entonces que salvaguardar el pago correspondiente al crédito que tu empleado solicito, porque si no lo presentas a él le generarás un historial negativo y los intereses por falta de pago aumentarán, y él podrás tomar diversas acciones en tu contra por el incumplimiento de pago.
Diversas son las responsabilidades que tenemos como patrones, pero primordialmente ante Infonavit las responsabilidades a cumplir es el control de la información de todos tus empleados ante Infonavit, por suerte Infonavit te lo facilitará a través del portal empresarial. Al mismo tiempo debes de retener los pagos correspondientes de cada empleado con base en el contrato de cada uno de ellos, de igual forma debes realizar los pagos correspondientes en las fechas correspondientes para evitar que tus empleados generen un historial negativo con Infonavit. Es tu responsabilidad como patrón cuidar todos esos detalles por parte de Infonavit.
Cumplir con nuestras obligaciones es esencial para evitar problemas a futuro, no solo con nuestros empleados, también con diversas organizaciones como el IMSS.